¿QUÉ HACER SI TE LLEGA UNA AUDITORÍA DEL SAT?

  1. Al momento de la llegada del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el funcionario tiene que identificarse, exhibiendo su credencial como empleado.
  2. El SAT tiene que hacer entrega al contribuyente un escrito con la orden de visita domiciliaria o requerimiento de información y documentación (revisión de gabinete).
  3. La autoridad fiscal debe entregar la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.
  4. Revisar cual es la naturaleza de la auditoría:
    • Visita Domiciliaria: hacer entrega en el domicilio fiscal los documentos que la autoridad solicite.
    • Revisión de Gabinete: revisar el plazo que la autoridad te proporciona para entregar la documentación e información requerida, y entregarla en las oficinas del Fisco.
  5. Leer cuidadosamente cuales son los documentos e información que la autoridad fiscal te solicita, ya que los contribuyentes no están obligados a entregar documentos de más.
  6. Cuando termine la auditoría (visita domiciliaria o revisión de gabinete), la autoridad debe expedir un documento donde emita sus conclusiones de lo observado durante la fiscalización.
  7. Tienes derecho a ofrecer pruebas para desvirtuar lo observado por la autoridad fiscal en el procedimiento de fiscalización.
  8. El SAT tiene seis meses para emitir el crédito fiscal correspondiente, por lo que se tiene que revisar los plazos y exigirle a la autoridad cumplirlos.
  9. Si se quiere pagar el crédito fiscal, se puede acudir a la PRODECON para que sirva como intermediaria con el SAT, intentando que se llegue a un convenio o acuerdo.
  10. Se tiene el derecho a controvertir (impugnar) el crédito fiscal a través del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.

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