- Al momento de la llegada del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el funcionario tiene que identificarse, exhibiendo su credencial como empleado.
- El SAT tiene que hacer entrega al contribuyente un escrito con la orden de visita domiciliaria o requerimiento de información y documentación (revisión de gabinete).
- La autoridad fiscal debe entregar la Carta de los Derechos del Contribuyente Auditado.
- Revisar cual es la naturaleza de la auditoría:
• Visita Domiciliaria: hacer entrega en el domicilio fiscal los documentos que la autoridad solicite.
• Revisión de Gabinete: revisar el plazo que la autoridad te proporciona para entregar la documentación e información requerida, y entregarla en las oficinas del Fisco. - Leer cuidadosamente cuales son los documentos e información que la autoridad fiscal te solicita, ya que los contribuyentes no están obligados a entregar documentos de más.
- Cuando termine la auditoría (visita domiciliaria o revisión de gabinete), la autoridad debe expedir un documento donde emita sus conclusiones de lo observado durante la fiscalización.
- Tienes derecho a ofrecer pruebas para desvirtuar lo observado por la autoridad fiscal en el procedimiento de fiscalización.
- El SAT tiene seis meses para emitir el crédito fiscal correspondiente, por lo que se tiene que revisar los plazos y exigirle a la autoridad cumplirlos.
- Si se quiere pagar el crédito fiscal, se puede acudir a la PRODECON para que sirva como intermediaria con el SAT, intentando que se llegue a un convenio o acuerdo.
- Se tiene el derecho a controvertir (impugnar) el crédito fiscal a través del juicio contencioso administrativo ante el Tribunal Federal de Justicia Administrativa.
