Las 10 reformas fiscales relevantes para el ejercicio fiscal 2020.

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La Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP) entregó su propuesta de Paquete Económico para el Ejercicio Fiscal 2020 a la Cámara de Diputados. La SHCP declaró que la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio fiscal 2020 (ILIF) propuesta busca fortalecer los ingresos públicos con acciones orientadas a simplificar el marco tributario y a garantizar el cumplimiento en el pago de impuestos ya existentes, y finalmente cerrar espacios de evasión y elusión fiscal.

Estas son las reformas fiscales relevantes consideradas para el ejercicio fiscal 2020:

  1. Esquemas de asesores fiscales: Se busca implementar el “Título Sexto de la Revelación de Esquemas Reportables” en el Código Fiscal de la Federación (CFF), que tiene como propósito obligar a los asesores fiscales reportar al Servicio de Administración Tributaria (SAT) las estrategias y asesorías que disminuyen utilidades y generan un beneficio fiscal a sus clientes.
  2. Estímulos fiscales: En el Paquete Económico 2020 se mantienen los estímulos de la Ley de Ingresos de la Federación 2019 con las mismas reglas. Los contribuyentes no podrán acreditar los estímulos en pagos provisionales del Impuesto Sobre la Renta (ISR). Esto se debe a que las personas físicas y morales podrán hacerlo hasta la declaración de 2020, que se presentará en el primer cuatrimestre del próximo año.
  3. Eliminación de la compensación universal: Se pretende eliminar esta forma de extinción de las obligaciones fiscales reformando el artículo 23 CFF, que tendrá el mismo texto que el artículo 25 fracción VI de la Ley de Ingresos de la Federación de 2019, y el artículo 6 de la Ley del IVA, esto como consecuencia de los juicios de amparo que perdió el SAT por prohibir la compensación universal con la LIF 2019.
  4. Plataformas digitales: Se proponen reformas a los artículos 2, 3, 4y 5 de la Ley del ISR, para qué plataformas digitales extranjeras como Uber, Cabify, Didi y todas aquellas que ofrecen servicios de hospedaje como Airbnb, sean sujetas para tributar en México, aunque no cuenten con establecimientos permanentes en el país. Lo que se pretende es que paguen en ISR por retenciones y trasladen el IVA en sus comprobantes que emiten para México, ya que son mexicanos quienes son los receptores del bien o servicio.
  5. Régimen de Incorporación Fiscal para servicios de plataformas tecnológicas:
    Se modifica el artículo 111 de la Ley del ISR creando una fracción VI, para poder incorporar al Régimen de Incorporación Fiscal (RIF) a las personas físicas que presten servicios o enajenen bienes por Internet, a través de las plataformas tecnológicas, y esta sea la única actividad que realicen para obtener ingresos.
  6. Régimen del sector primario: Se pretende modificar el régimen fiscal de las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas y pesqueras (Agapes), creando el artículo 74-B de la Ley del ISR, para permitir tributar en este régimen del sector primario a aquellos que industrialicen y comercialicen productos agrícolas.
  7. Arrendamiento de inmuebles: Se propone reformar el artículo 118 de la Ley de ISR con un nuevo párrafo, lo que pretende es obligar a la autoridad judicial a informar al SAT cuando un arrendador gane un litigio por adeudo de rentas, esto para que la autoridad fiscal sepa que mediante tribunal se cobrarán rentas vencidas y se le pueda exigir al arrendador los comprobantes fiscales.
  8. Ventar a través de terceros por catálogo: Se propone crear el artículo 76-B de la Ley del ISR, para que las personas morales que utilizan el esquema de ventas por catálogo retengan el ISR por las comisiones que pagan a sus vendedores o vendedoras, por lo que las personas que vendan por catálogo deberá inscribirse en el Registro Federal de Contribuyentes para que dé sus datos a la persona moral y ésta retenga el ISR sobre las comisiones que genere por sus ventas.
  9. Constancia de retenciones: Se reformaría el artículo 106 de la Ley de ISR, para que las personas morales que realicen retenciones queden liberadas de expedir constancia de retenciones, por lo que el SAT ya no podrá exigirlas para autorizar las devoluciones, ya que bastará que se tenga el Comprobante Fiscal Digital por Internet con las retenciones consignadas.
  10. Fiscalización al outsourcing: El gobierno propone que las personas físicas y morales deberán retener el IVA que les trasladen las empresas de outsourcing que contraten, con la finalidad de evitar que la evasión de impuestos a través de la subcontratación.

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