El 29 de octubre del año en curso, el Senado de la República presentó una propuesta de reformas para combatir y erradicar las prácticas contra el outsourcing e insourcing ilegal. Fue el senador Napoleón Gómez Urrutia, de Morena quien presentó la iniciativa, señalando que el objetivo de esta propuesta es complementar el marco normativo de la subcontratación laboral.
Cabe destacar que esta iniciativa permitirá diferenciar claramente la subcontratación legal de la ilegal. Pero… ¿Qué es la subcontratación? ¿Cuándo adopta el carácter de ilegal?
El outsourcing o tercerización, constituye una herramienta de gestión que facilita a las empresas o instituciones centrar sus esfuerzos en sus actividades distintivas, evitando el desperdicio de recursos y trabajo en aquellas actividades que, siendo necesarias para el producto o servicio que se ofrece, no las distinguen de manera especial. Por otro lado el insourcing es definido como la internalización de un servicio que se realizaba de forma externa. Para efectos de la subcontratación laboral, no es otra cosa más que manejar de manera interna la administración de la nómina a través de una empresa que se diseñó de forma exclusiva para ofrecer estos servicios a las diferentes compañías de un grupo, que comparten en común una sociedad.
Tomando en consideración el antecedente que marca la Ley Federal del Trabajo, desde el año 2012, prevé en sus artículos 15 A al 15 D, lo que es permitido en materia de subcontratación.
Un ejemplo de Outsourcing legal se presenta a continuación:
“Carritos S.A. de C.V.” Requiere de servicios de seguridad para proteger sus instalaciones en las que vende automóviles. Es lícito que contrate de “Guardias S.A. de C.V.” policías privados que son y seguirán siendo trabajadores de la segunda empresa, aunque físicamente se encuentren en “Carritos S.A. de C.V.”
¿Cuándo existe outsourcing ilegal?
La subcontratación lícita se configura cuando una persona moral es subcontratada para proveer de trabajadores especializados en actividades que el contratante, no lleva a cabo en tanto se trata de actividades necesarias, pero no las esenciales de su giro.
Un ejemplo de Outsourcing ilegal se presenta a continuación:
Es ilícito que los vendedores de los automóviles, los mecánicos y, en general todos los trabajadores “Carritos S.A. de C.V.” cuya actividad es esencial y natural de ese giro, migren de su empresa a otra, solamente para generar efectos fiscales, laborales y de seguridad social que resultan a todas luces propios de conductas delictivas.
El senador indicó que lo que se buscará con la propuesta de reformas será lo siguiente:
Que los actos simulados puedan ser investigados, juzgados y sentenciados con base en las disposiciones vigentes.
Que la autoridad laboral pueda generar las normas necesarias para la certificación de las empresas contratistas.
La creación de un sistema de gestión para verificar el cumplimiento de los requisitos para la subcontratación.
Que la Secretaría de Trabajo y Previsión Social cree el Registro Nacional de Empresas de Subcontratación.
Que se implemente un programa temporal de inmunidad penal. Esto para que aquellos contratantes que incurrieron en conductas delictivas en perjuicio de los trabajadores y del Fisco Federal resarzan el daño a cambio de beneficios penales.